miércoles, 16 de diciembre de 2009

legal o ilegal?



En Venezuela no hay ninguna normativa legal que prohíba la práctica del nudismo
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Sin embargo, el Art. 382 del Código Penal prevé sanciones para quién "haya ultrajado el pudor o las buenas costumbres por actos cometidos en lugar público o expuesto a la vista del público"; sin definir cuáles actos son "ultrajes al pudor o a las buenas costumbres".

Pero si se revisan los artículos que le preceden dentro del Título VIII Capítulo I, denominado "De la violación, de la seducción, de la prostitución o corrupción de menores y de los ultrajes al pudor", se observará que la intención del legislador era la de castigar los delitos sexuales.

Además el Art. 383 sanciona a "Todo individuo que haya ultrajado el pudor por medio de escritos, dibujos u otros objetos obscenos". Por lo tanto, si el desnudo total o parcial fuesen considerados una forma de ultraje al pudor, los fotógrafos, pintores y otros artistas, deberían ser sancionados.

A pesar de ello, la falta de definición de los conceptos de "ultraje al pudor o a las buenas costumbres" deja la interpretación de éstos artículos a juicio de la autoridad local.

Por ese motivo, Nudistas Venezolanos lo practica únicamente en playas que se encuentran alejadas de la "vista del público", donde el nudismo es una actividad tradicional, por lo que no puede considerarse que sea un "ultraje a las buenas costumbres", y en posadas privadas, en las cuales estos artículos no son aplicables.

1 comentario:

maylo31 dijo...

me gustaria participar mi tlf es 04263120965

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